Las devoluciones de saldos a favor constituyen un derecho de los contribuyentes que dan cumplimiento en tiempo y forma a sus obligaciones fiscales, quienes al efectuar el cálculo de sus impuestos, se encuentran en posibilidad de solicitar la devolución a la autoridad.
En términos generales, el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación prevé que es obligación de la autoridad proporcionar respuesta al contribuyente, y en su caso, realizar la devolución pertinente en un plazo no mayor a 40 días hábiles.
Ahora bien, a raíz de la eliminación de la figura de compensación universal en 2019, se generó un aumento en las solicitudes por parte de los contribuyentes para obtener saldos a favor.
Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través del Portal del Gobierno de México el Informe denominado “Situación Actual de las Devoluciones”, que comprende los ejercicios fiscales de 2018 a lo que va de 2021.
Dicho documento, entre otras cosas, hace énfasis en la problemática a la que diversos contribuyentes se han enfrentado, como son la omisión o negativa de respuesta por parte de la autoridad en relación con sus solicitudes de devolución, mismas que generan un retraso para todos aquellos que cumplen cabalmente con sus obligaciones fiscales.
En ese sentido, la Autoridad Fiscal comunicó que implementó medidas para subsanar dichas contingencias, consistentes en que, en caso de que el servidor público que rezague injustificadamente alguna devolución, deberá pagar los intereses sobre el saldo del monto autorizado con recursos propios (no obstante, no se comunica cómo, en su caso, se determina cuándo se considera que existe retraso “injustificado”).
Por su parte, el Director General de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) señaló que aproximadamente el 20% de las quejas que recibe atienden a solicitudes de contribuyentes que buscan obtener la devolución del saldo a favor, derivado a que han enfrentado diversas contingencias previamente mencionadas.
De acuerdo con las cifras proporcionadas por el SAT, es evidente que existe un decremento relevante en el pago de devoluciones de saldo a favor. La devolución de impuestos durante los primeros siete meses del ejercicio fiscal 2021 fue de 142 mil 7 pesos, mientras que en el 2020 el monto devuelto en el mismo lapso del ejercicio fue de 168 mil 860 pesos, lo cual representa una disminución equivalente al 15.9% comparado con el ejercicio anterior.
Durante el primer semestre del ejercicio fiscal 2021, el SAT realizó devoluciones acumulando un total de 85 mil 579 millones de pesos de impuestos, distribuidos en 602 mil 637 declaraciones, mientras que en el mismo periodo del año pasado había regresado un total de 89 mil 242 millones de pesos, entre 528 mil 496 trámites de contribuyentes.
Resulta relevante hacer mención que en diversos supuestos, el contribuyente solicita una cantidad y la autoridad devuelve un monto menor, dicha cantidad es denominada “parte negada”, en otros casos puede recibir una negativa total por considerarse improcedente su devolución.
En los casos previamente mencionados, el contribuyente puede solicitar la aclaración mediante un procedimiento de queja o impugnación y la PRODECON puede proporcionar su asesoramiento, o bien, se puede promover juicio contencioso administrativo.
Al día de hoy, el 59% del monto total de devoluciones pendientes corresponden al 2% de trámites, los cuales son realizados por Grandes Contribuyentes y tan sólo 15 contribuyentes concentran aproximadamente la quinta parte del monto total de las devoluciones, de los cuales 6 pertenecen a la industria automotriz.
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