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Algunos Comentarios a la Reforma Fiscal en los Estados Unidos

Si bien la tasa impositiva es un factor importante en el pago de impuestos, la verdad sea dicha, NO es el único factor que determina los impuestos a pagar, ya que la BASE a la que se le aplica la referida tasa, complementa y determina también, el impuesto a pagar.

Siendo ya un hecho consumado la reforma impositiva en Estados Unidos, que reduce la tasa del Impuesto Sobre la Renta a las empresas de un 35 por ciento a sólo un 21 por ciento, ya se escuchan voces, principalmente del sector privado, que piden a nuestras autoridades tributarias proponer una reforma “espejo” que reduzca también la tasa del Impuesto Sobre la Renta en México, so pena de perder “competitividad” con los Estados Unidos.

Si bien la tasa impositiva es un factor importante en el pago de impuestos, la verdad sea dicha, NO es el único factor que determina los impuestos a pagar, ya que la BASE a la que se le aplica la referida tasa, complementa y determina también, el impuesto a pagar.

Para desencanto de muchos, la realidad actual, si comparamos la carga fiscal pagada en México, contra la que se paga en Estados Unidos, aún antes de esta reforma, ya ES muchísimo más elevada en México, y nadie se preocupaba por proponer reformas a la Ley del ISR en México, para hacerla más “competitiva”.

Esto es así, porque en México se limitan muchas deducciones legítimas, como el pago de previsión social exenta a empleados, que conducen a una MAYOR base impositiva, en comparación con los Estados Unidos, amén de límites en deducciones de automóviles (y sus gastos asociados), así como consumos en restaurantes, y la constitución de algunas reservas legítimas, lo que al final del día se traduce en un mayor “Resultado Fiscal”, que es la base a la cual se le aplica la tasa del Impuesto sobre la Renta.

Por si fuera poco lo anterior, en México los empresarios deben pagarle a los trabajadores un 10 por ciento de la utilidad, lo que reduce también la rentabilidad neta para los accionistas, y si a eso le agregamos el nuevo impuesto a los dividendos que se legisló en 2014, el cual grava con un 10 por ciento los dividendos distribuidos a los accionistas, (sin derecho a acreditamiento) se configura un régimen fiscal de taquicardia para los accionistas mexicanos, quienes además, tributan con una tasa personal cinco puntos superior a la pagada por la persona moral (empresa).

Es decir, si una empresa genera utilidades por 100 pesos, al pagarle el reparto de utilidades del 10 por ciento a los empleados, la utilidad fiscal se reduce a 90 pesos, de los cuales la empresa paga “solo” un 30 por ciento, de ISR, quedando una utilidad neta de 63 pesos.

Si la empresa decide pagarle al accionista, persona física, estas utilidades, deberá retenerle 6.3 pesos por concepto del 10 por ciento de impuesto a los dividendos distribuidos, por lo que el accionista vendría recibiendo, en su bolsa, solo 56.7 pesos de los 100 pesos generados de “Utilidad”.

Sin embargo, cuando este accionista persona física, declare sus ingresos anuales, tendrá que su tasa impositiva, es cinco por ciento superior a la pagada por la empresa, por lo que tendrá que pagar este diferencial al momento de presentar su declaración anual.

Al final del día, después de pagar su impuesto personal, el accionista tendrá en su bolsa poco menos de 52 pesos, de los 100 pesos generados de “Utilidad”, por lo que una tasa del 30 por ciento, en Ley, se transforma en una tasa de 48 por ciento, en la realidad, al considerar el reparto de utilidades, el impuesto a los dividendos distribuidos y el cinco por ciento adicional de impuesto como persona física.

Es decir, YA pagamos muchísimos más impuestos empresariales en México aún antes de la reforma, tanto producto de una mayor BASE, como de una mayor TASA EFECTIVA, y no hemos percibido una “migración” de empresas y de inversiones hacia los EUA.

Una raya más al Tigre, seguramente TAMPOCO nos hará cambiar nuestras empresas a los Estados Unidos.

 

Dr. Marco Antonio Pérez Valtier

Economista especialista en finanzas públicas, Socio de Economía en Pérez Góngora y Asociados S.C., Conferencista y catedrático a nivel doctorado.

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