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Análisis de la Iniciativa para Gravar Donaciones, Herencias y Legados

El 4 de marzo de 2025, se presentó una trascendente iniciativa con proyecto de decreto ante el Congreso de la Ciudad de México, con la mira puesta en reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). La propuesta central radica en gravar, mediante un esquema de tasas progresivas que oscilan entre el 10% y el 30%, la totalidad de los ingresos derivados de donaciones, herencias y legados que superen la cifra de 15 millones de pesos. Esta modificación implicaría la revisión de los artículos 93, 130 y 132 de la LISR, así como la adición de un nuevo artículo, el 132 bis.

Es importante señalar el tratamiento fiscal vigente que se establece en la LISR con respecto a estas figuras. Actualmente, los ingresos percibidos por concepto de herencias o legados gozan de una exención total del pago del impuesto sobre la renta (ISR). Por otra parte, la citada Ley establece que las donaciones son exentas de dicho impuesto, cuando estas se realizan entre cónyuges o entre ascendientes y descendientes en línea recta, sin restricción alguna en el monto de los bienes transferidos. Esta exención se mantiene siempre y cuando los bienes recibidos no sean posteriormente enajenados o donados a otro ascendiente o descendiente en línea recta, sin limitación de grado.

No obstante, la normativa actual exige que tanto los ingresos exentos por herencias y legados como aquellos donativos que cumplen con los requisitos para la exención, dependiendo los límites establecidos en la LISR, deben manifestarse como ingresos exentos y como un dato informativo en la declaración anual del contribuyente. La omisión de esta obligación podría traer como consecuencia de que dichos ingresos sean gravados para efectos del ISR.

Según la exposición de motivos que acompaña a esta iniciativa de Decreto, la implementación de un impuesto sobre las herencias, legados y donativos se rige como un elemento fundamental para la consolidación de un auténtico estado de bienestar, cimentado en los principios de justicia social.

La estrategia detrás de esta iniciativa es clara: una vez aprobada en el Congreso capitalino, se espera que sea remitida a la Cámara de Diputados Federal para su análisis y eventual aprobación a nivel nacional, en concordancia con lo estipulado en el Artículo 73, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los promotores de esta iniciativa argumentan que México se encuentra entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los niveles de recaudación tributaria más bajos en relación con su Producto Interno Bruto (PIB). En 2021, la recaudación de impuestos apenas representó el 16.7% del PIB, una cifra considerablemente inferior al promedio de la OCDE, que se situó en un 34.1%.

Este argumento se ve reforzado por las recomendaciones emanadas del estudio de Oxfam México titulado “Los mitos detrás de los impuestos a las grandes fortunas en México”. Dicho análisis propone cinco líneas de acción para reformar el sistema fiscal mexicano:

  • Implementar un impuesto federal progresivo sobre las grandes fortunas, con tasas del 2% al 5% para patrimonios entre 20 millones y 20 mil millones de pesos.
  • Promover reformas fiscales profundas y transparentes a nivel federal y estatal, buscando un aumento gradual del impuesto sobre la renta (ISR) del 1% de los mayores ingresos, la equiparación de las tasas impositivas entre el trabajo y el capital, el impulso de impuestos a las grandes herencias y donaciones, y la revisión de los impuestos a la propiedad para mejorar su recaudación entre los contribuyentes con mayores activos.
  • Revisar los privilegios fiscales del 1% de la población más rica, incluyendo exenciones, deducciones y descuentos que disminuyen la disponibilidad de recursos públicos.
  • Priorizar la inversión pública en infraestructura social fundamental, como salud, educación y servicios de cuidado.
  • Fomentar una mayor participación de México en las discusiones fiscales a nivel regional.

Antecedentes Legislativos en la Tributación de Donaciones, Herencias y Legados

Es importante señalar que la iniciativa actual no es un hecho aislado. En 2016 y 2018, se presentaron propuestas similares ante la Cámara de Diputados Federal, lo que evidencia un debate continuo sobre la pertinencia de gravar este tipo de ingresos en México.

Consideraciones Clave de la Reforma Propuesta

No obstante, la iniciativa presentada aún plantea interrogantes importantes. No se especifica la naturaleza de los activos que estarían sujetos al impuesto, ni se aclara si se considerará la ubicación de los bienes o la forma jurídica de su titularidad.

La consecución de los objetivos planteados en esta reforma se presenta como un desafío considerable. La experiencia de países con impuestos similares sobre donaciones y sucesiones, como Estados Unidos, muestra una recaudación altamente variable, influenciada por la cantidad de personas con patrimonios elevados que fallecen cada año y por la implementación de estrategias de planificación fiscal para minimizar la carga tributaria.

Argumentos a Favor de la Iniciativa

Reducción de la desigualdad y concentración de la riqueza

El principal argumento a favor es que gravar las grandes herencias puede disminuir la significativa desigualdad de riqueza en México, que tiene una baja recaudación de impuestos sobre la riqueza en comparación con otros países. Se sostiene que limitaría la transferencia intergeneracional de grandes fortunas y promovería la igualdad de oportunidades, sirviendo como herramienta para la movilidad social y una distribución más equitativa de la riqueza.

Potencial aumento de la recaudación para financiar servicios públicos

Se estima que el impuesto podría generar ingresos anuales sustanciales que podrían destinarse a servicios públicos esenciales como salud y protección ambiental. El Congreso argumenta que estos ingresos adicionales ayudarían a superar limitaciones presupuestarias y mejorar la calidad y disponibilidad de servicios públicos, impulsando de forma importante las finanzas públicas.

Argumentos en Contra de la Iniciativa

Doble tributación

Desde nuestro punto de vista, es evidente que gravar las herencias implica una doble tributación, ya que la riqueza heredada ya fue gravada con el ISR cuando la generó el fallecido, y las propiedades pudieron haber pagado impuestos sobre la propiedad. Además, el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) ya grava la transferencia de bienes inmuebles por herencia, lo que cuestiona la equidad y eficiencia del sistema tributario.

Posible afectación a la clase media

Esta iniciativa genera preocupación de que el impuesto pueda afectar a familias que, sin ser extremadamente ricas, heredan activos acumulados durante su vida.

Desincentivo al ahorro y la inversión

También desmotivaría el ahorro y la inversión a largo plazo, ya que las personas podrían tener menos incentivos para acumular riqueza si saben que una porción importante se destinará a impuestos al fallecer, lo que podría perjudicar la formación de capital y el crecimiento económico.

Potencial fuga de capitales

Por otro lado, se tendría la preocupación de que individuos y familias adineradas trasladen sus activos e incluso su residencia fuera de México para evitar el impuesto sobre donaciones herencias y legados. Esto podría reducir la base imponible y tener un impacto negativo en la economía mexicana, representando un riesgo para el éxito del impuesto al socavar los ingresos esperados y dañar la economía en general.

Argumentos sobre el esfuerzo de toda una vida y el patrimonio familiar

Los opositores ven el impuesto como un “castigo” al trabajo arduo y un ataque al patrimonio familiar. Argumentan que las personas deberían tener el derecho de transmitir su riqueza acumulada a sus herederos sin impuestos adicionales, un argumento que resuena con valores culturales sobre la familia, la herencia y el derecho a disponer de la propiedad.

Posibles efectos en el mercado inmobiliario y otros activos

El ISAI ya afecta la transferencia de bienes inmuebles heredados, y el nuevo impuesto podría aumentar esta carga, especialmente en propiedades de alto valor. El impuesto podría influir en la planificación patrimonial para minimizar la obligación tributaria. La combinación de impuestos existentes y el propuesto podría presionar a los herederos a liquidar activos, especialmente inmuebles, para cubrir los costos fiscales, lo que podría alterar la dinámica del mercado.

Percepción pública y debate social generado

La iniciativa ha provocado una considerable discusión y controversia en diversos medios, incluyendo redes sociales. Las opiniones están divididas entre quienes la apoyan como medida de justicia fiscal y redistribución de la riqueza, y quienes la rechazan como una carga injusta y un desincentivo al trabajo y al ahorro.

Comentarios finales

La propuesta de gravar donativos, herencias y legados superiores a 15 millones de pesos en México reabre un debate crucial sobre la equidad fiscal y la redistribución de la riqueza. Su avance legislativo y la atención a los aspectos aún no definidos serán determinantes para comprender su impacto potencial en la economía y la sociedad mexicana. Es fundamental mantenerse informado y analizar las implicaciones de esta iniciativa en caso de que prospere.

Por otro lado, la crítica principal a la iniciativa de cobrar impuestos a las herencias de alto valor se centra en su impacto en la planeación patrimonial y posibles implicaciones constitucionales. Lo anterior, podría dificultar la transferencia de riqueza entre familias y así, generar incertidumbre en la planificación de la sucesión.

Artículo escrito en colaboración con el C.P. Raúl Serrano Espinosa.

Etiquetas: Herencia Legado Ley LISR

C.P. Juan Carlos Rodríguez Domínguez

Socio de Fiscal en Pérez Góngora y Asociados Ciudad de México

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