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CFDI Versión 4.0

Vigencia y Obligatorio a Partir del 01 de Julio de 2022.

El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es el documento que consiste en un archivo en formato XML, que ampara un pago efectuado, mismo que de manera detallada señala el costo del producto vendido o del servicio prestado y desglosa los impuestos aplicados.

Con la finalidad de eficientar y controlar la actividad de fiscalización de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante la implementación de herramientas tecnológicas, ha establecido los parámetros fundamentales que debe contener el CFDI.

En ese sentido, el 27 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable para el ejercicio fiscal 2022, en donde se dieron a conocer diversos cambios en materia de CFDI y la nueva versión del mismo, denominado CFDI 4.0.

La implementación del CFDI 4.0 entró en vigor el 1° de enero del 2022. Sin embargo, a partir del 1° de julio será indispensable y obligatorio que los Proveedores Autorizados de Capacitación (PAC) utilicen únicamente esta versión, pues ya solo serán válidas las facturas que se encuentren en cabal cumplimiento de las nuevas disposiciones.

Lo anterior, de conformidad con la reforma al Artículo Transitorio Décimo Séptimo publicado en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, misma que a continuación se enuncia:

“Artículo Décimo Séptimo. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

Por lo anterior, en el presente flash informativo se darán a conocer las modificaciones más relevantes del CFDI 4.0.

Principales cambios en el CFDI 4.0.

  • Nombre, denominación o razón social del receptor. Se incorpora como obligatorio el llenado del campo denominado “Nombre, denominación o razón social”, así como el régimen y domicilio fiscal del receptor.
  • Dirección fiscal del emisor y receptor. Se incluye en la lista de verificaciones de domicilio el código postal, el receptor se encuentra obligado a realizar la veracidad de la dirección del emisor.
  • CFDIs relacionados. En versiones anteriores, las relaciones de CFDI se realizaban una por una. Ahora, con la versión 4.0 las relaciones pueden hacerse de manera múltiple incluso si se trata de diferentes tipos de relación.
  • Cambios en las operaciones. Al emitir CFDIs para el público en general, se deberá validar la información del campo del emisor y establecer datos cuando se genere un CFDI en nombre de terceros.
  • Cancelación del CFDI. Desde el 1 de enero de 2022 es necesario indicar al SAT el motivo de la cancelación de los CFDIs. Sólo se podrán cancelar los CFDIs del ejercicio en curso más no los comprobantes de periodos anteriores.
  • Operaciones de exportación. El CFDI 4.0 incluye un atributo requerido para expresar si el comprobante ampara una operación de exportación. Para que la factura sea válida, los proveedores deberán incluir en este atributo una clave vigente del catálogo “Exportación”.
  • Se elimina la clave de uso “Por definir”. Con la Reforma Fiscal para 2022, se estableció que en la emisión de comprobantes fiscales “se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal”. En caso de que al CFDI se le dé un uso distinto a aquel con el que se expidió, deberá cancelarse y emitirse uno nuevo.

Entre los cambios previamente enunciados y otros más, el CFDI 4.0. pretende proporcionar al SAT información detallada y específica de los contribuyentes.

“El CFDI 4.0 dará al SAT información más detallada sobre la identidad de los contribuyentes, su actividad económica, el régimen al que pertenecen y los impuestos que pagan. Con la inclusión de los datos del RFC, nombre o razón social, régimen fiscal y código postal, el SAT podrá actualizar o verificar sus bases de datos”.

Finalmente, recomendamos a nuestros clientes que a partir del 1° de julio emitan sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con la nueva versión y se familiaricen con la plataforma del SAT con la finalidad de evitar futuras controversias.

 

Etiquetas: CFDI DOF SAT

L.C. Nadia Grisel Bejar Lara

Licenciada en Contaduría, Gerente de Contabilidad en Pérez Góngora y Asociados, S.C.

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