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La Clasificación del PEF por Entidad Federativa Receptora

Es común que los Gobernadores de los Estados se mantengan de manera constante solicitando mayores recursos de la Federación, ya que en promedio, poco más de 87 centavos de cada peso que erogan las Entidades Federativas, se hace con recursos que provienen de la Federación, ya se vía Participaciones a Estados, Aportaciones, o Convenios, lo que revela la alta dependencia de los Gobiernos locales en los recursos federales.

En particular, los Estados con mayor actividad económica, que aportan más recursos a la federación, regularmente utilizan argumentos donde comparan los impuestos federales que se generan en sus entidades, contra los recursos que reciben de la Federación, argumentando que el reparto de recursos federales debe ser más “Resarcitorio” y menos “Redistributivo”.

Sin embargo, la estadística oficial que reporta la recaudación de diversos impuestos federales por entidad federativa, no revela la verdadera contribución que cada Estado hace al erario federal, debido a aspectos legales y normativos en el pago de impuestos, que parecen desconocer los Gobernadores.

Por ejemplo, en el caso de las importaciones, las leyes del IVA y del IEPS, señalan que estos impuestos se deben pagar al ingresar al País, razón por la cual el estado de Tamaulipas aparece en segundo lugar en recaudación de IVA, mientras que Veracruz lo hace en segundo lugar en IEPS, ya que las gasolinas y el diesel ingresan por sus puertos.

Adicionalmente, los contribuyentes pagan sus impuestos considerando su domicilio fiscal, y no el estado donde se registra la producción o la venta de los bienes producidos.

Debido a lo anterior, una cerveza producida en Toluca, por una empresa de NL, y vendida en Yucatán, todos los impuestos federales, hasta el ISR, son enterados en NL, lo que pone de manifiesto que la estadística de la recaudación por entidad federativa, no arroja información válida.

Sin embargo, atendiendo al objetivo de estos Gobernadores, se puede argumentar que la recaudación de impuestos federales está relacionada o asociada al nivel de la actividad económica estatal, por lo que sería válido que argumentaran que sus estados contribuyen a la recaudación de impuestos federales en un porcentaje similar al de la aportación al PIB nacional.

Ahora bien, cuando argumentan que la Federación les “regresa” solo unos pocos centavos de cada peso que aportan, regularmente esta estadística solo incluye los recursos que reciben vía participaciones y aportaciones federales (Ramos 28 y 33 presupuestal) y no contabilizan los recursos que reciben vía Convenios y otras partidas del ramo 23 presupuestal.

Más aún, tampoco contabilizan como recursos federales “devueltos” a sus Estados, todos los gastos presupuestales que se derraman en sus entidades federativas, como por ejemplo, el gasto federalizado que realizan las dependencias federales que no pasa por las tesorerías estatales, incluyendo apoyos sociales, el pago de pensiones no solo del IMSS sino de todas las dependencias federales, así como la nómina de empleados federales en sus estados, como por ejemplo de del Ejercito.

Por lo anteriormente expuesto, se recomienda que en el PEF para 2022, se incluya la clasificación del gasto GEOGRÁFICA, como lo manda la fracción IV del artículo 28 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual debe contener la distribución del destino geográfico del gasto, por Entidad Federativa, y en su caso, por Municipio y Región, para proporcionar más información relevante a este debate.

 

Etiquetas: IEPS ISR IVA PEF

Dr. Marco Antonio Pérez Valtier

Economista especialista en finanzas públicas, Socio de Economía en Pérez Góngora y Asociados S.C., Conferencista y catedrático a nivel doctorado.

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