Descontarán casi 10 veces más, según iniciativa de Ley de Ingresos. Atribuyen medida a la urgencia de recursos del Gobierno.
Alfredo González
Las dificultades financieras del Gobierno federal podrían terminar afectando sus finanzas personales.
Y es que ante la búsqueda para agenciarse de recursos en el 2024, la Administración federal aumentará el próximo año casi 10 veces la retención de impuestos sobre las ganancias de los ahorradores y después, en el 2025, dificultará recuperar el dinero, aunque le toque saldo a favor, advirtieron especialistas fiscales.
Según la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación que entregó el Gobierno al Congreso de la Unión en su Paquete Económico 2024 el pasado 8 de septiembre, para el próximo año la retención de los intereses nominales generados por cuentas de inversión o ahorro para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en las instituciones financieras mexicanas pasará de 0.15 por ciento en el 2023 a 1.48 por ciento.
Juan Carlos Pérez Góngora, fiscalista y presidente del Consejo Empresarial Mexicano, atribuyó la medida a la urgencia de recursos del Gobierno federal al dispararse el déficit que proyecta de ingresos a un nivel de 5.4 por ciento del Producto Interno Bruto, que en su mayoría planea cubrir con deuda.
“El artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación tiene una tasa de 0.15 por ciento en el 2023 sobre los intereses devengados por el capital invertido, pero la que viene ahora es de 1.48 por ciento, casi 10 veces más”, advirtió.
“Y eso que dijeron que no iban a aumentar ningún impuesto”.
Así, esas retenciones las enterará cada institución financiera al Servicio de Administración Tributaria (SAT) independientemente del monto de impuesto que les corresponda pagar en la tarifa del 0 al 35 por ciento de la Ley del ISR.
En la declaración anual cada contribuyente calculará el ISR a pagar de acuerdo a sus ingresos totales del año, que incluyen los que perciba por intereses reales, es decir, ya descontando a la tasa de interés nominal la inflación anual que se vaya registrando.
Anna María Garza Cavazos, fiscalista del despacho Pérez Góngora y Asociados, explicó que si el saldo le es favorable a un contribuyente, es decir, que le retuvieron más de lo que finalmente de tocó pagar de ISR por intereses reales, él podrá solicitar la devolución correspondiente, aunque es muy difícil que luego el SAT la conceda.
“Es la situación de muchísimos contribuyentes, ponen muchos requisitos que en algunos casos son imposibles o muy complicados como por ejemplo los contratos y los archivos XML (de documentos, datos, configuraciones, libros, transacciones o facturas, entre otros) de cuentas bancarias que generan los saldos a favor”, señaló.
“Es una forma de financiarse para el fisco, porque piden documentos de difícil obtención y si al contribuyente se le pasa el plazo no le devuelven el saldo a favor o pueden darle una devolución parcial solamente”.
Al mismo tiempo, al Gobierno le permite financiarse porque primero hace la retención en el ejercicio, dijo, pero es hasta la Declaración Anual cuando podrá reflejar un saldo a favor en el año siguiente.
“Y luego el ‘viacrucis’ para poder obtener la devolución”, reiteró Garza Cavazos.
Nota publicado en El Norte, escrito por Alfredo González.
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