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Normativa de los Impuestos ambientales en México

Desde hace varios años en México y el mundo han tomado relevancia los impuestos ambientales también conocidos como impuestos verdes o ecológicos.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), así como otros organismos internacionales definen los impuestos ambientales (verdes) como aquellos cuya base imponible consiste en una unidad física de algún material que tiene un impacto negativo, comprobado y especifico, sobre el medio ambiente. Estos impuestos gravan actividades económicas que generan un impacto negativo en el medio ambiente.

Existen diversas leyes que conforman la legislación ambiental en México, dentro de las principales se encuentran las siguientes:

  • Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
  • Ley de Aguas Nacionales.
  • Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
  • Ley General de Vida Silvestre.
  • Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
  • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos.
  • Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.
  • Ley de Productos Orgánicos.
  • Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
  • Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.
  • Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
  • Ley General de Cambio Climático.

El 7 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial del Medio Ambiente (PROMARNAT 2020 – 2024) elaborado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) conforme a los ejes generales previstos en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) dentro de su Eje de Política Social, que tiene como finalidad la protección y el uso sostenible del territorio, en cada rincón del país, con un desarrollo económico importante y con progreso social.

El Programa Sectorial del Medio Ambiente (PROMARNAT) contiene cinco objetivos prioritarios:

  • Promover la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas.
  • Combatir el cambio climático y aumentar la resiliencia frente a él.
  • Acceder al agua potable, saneamiento y proteger las cuencas.
  • Controlar y prevenir la contaminación del aire, suelo y agua.
  • Mejorar la acción institucional, participación social y cultura ambiental.

Además de las diversas leyes antes mencionadas, en México los impuestos ambientales son de carácter federal y estatal, la finalidad de estos impuestos son privilegiar que la sociedad en general vea remediado el daño ambiental que causa la actividad industrial, y en ese sentido, que los supuestos responsables de la contaminación al ambiente se vean obligados a remediar las acciones que generan en su actividad.

Los estados que se han sumado a la aplicación de impuestos verdes en nuestro país son: Baja California, Campeche, Coahuila, Durango, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Tamaulipas, Yucatán, Zacatecas y recientemente San Luis Potosí.

Los impuestos verdes que están vigentes en cada una de las entidades antes mencionadas se muestran a continuación:

Todas estas disposiciones en materia ambiental tanto estatales como federales derivan de los compromisos que tiene nuestro país según los acuerdos realizados como miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el convenio de colaboración para el seguimiento a la implementación de la agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible aprobada en 2015. En la cual se establece como uno de sus objetivos el Cambio Climático y la Protección al Medio Ambiente.

Normatividad contable sobre sostenibilidad

A raíz de la relevancia en el tema de sostenibilidad, la profesión contable y de Normas de Información Financiera no se podían quedar atrás, y por lo que con fecha de junio 2023 la fundación International Financial Reporting Standards (IFRS), quien es el encargado de la emisión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), estableció el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad y asimismo dio a conocer la NIIF S1 Requisitos generales para la revelación de información financiera relacionada con la sostenibilidad y la NIIF S-2 Revelaciones relacionadas con el clima.

Asimismo, en México el pasado 31 de agosto de 2023, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad dio a conocer los proyectos para auscultación de Normas de Información de Sostenibilidad (NIS).

EL Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) estableció una estrategia para la emisión de NIS, la cual consiste en 2 etapas:

Etapa 1, contempla la emisión de la NIS 1 y la NIS 2.

Etapa 2, emisión de las NIS particulares sobre los requerimientos de revelación de información financiera sobre riesgos y oportunidades relacionados con sostenibilidad. Específicamente, trabajará en la NIS particular sobre requerimientos de revelaciones de información financiera relacionada con el clima, en el más alto nivel de convergencia posible con las Normas Internacionales de Revelación de Información de Sostenibilidad del Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB por sus siglas en inglés).

El 30 de noviembre de 2023 concluyó el periodo de auscultación de la NIS 1 y 2  por lo que el 13 de mayo de 2024, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y Sostenibilidad (CINIF) publicó las dos primeras Normas de Información de Sostenibilidad (NIS) de su serie A y B:

NIS A-1 Marco Conceptual de las Normas de Información de Sostenibilidad, establece las bases para el desarrollo de las NIS particulares y su aplicación en la preparación de la información de sostenibilidad de una entidad y establece los requisitos de calidad con los que esta información debe cumplir.

NIS B-1 Indicadores Básicos de Sostenibilidad, requiere determinar y revelar los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO), los cuales representan métricas de aplicación universal que permiten a una entidad conocer con mayor claridad su estatus de sostenibilidad.

Dichas normas entran en vigor para los ejercicios que inicien a partir del 1° de enero de 2025, y permiten su aplicación anticipada.

El CINIF continuará con la etapa 2 de la estrategia durante el presente ejercicio 2024, esta etapa consiste en la emisión de las NIS particulares sobre los requerimientos de revelación de información financiera sobre riesgos y oportunidades relacionados con sostenibilidad, enfocándose principalmente en la NIS particular sobre requerimientos de revelaciones de información financiera relacionada con el clima, en el más alto nivel de convergencia posible con las Normas Internacionales de Revelación de Información de Sostenibilidad del Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB).

En resumen, toda esta normatividad va enfocada a que las empresas que de alguna manera con sus procesos afectan el medio ambiente, modifiquen los mismos a través de cambios en sus actividades así como inversiones en tecnología para la obtención de procesos más limpios y nobles con nuestro medio ambiente y de esta manera apegarse a los lineamientos actuales, por lo que consideramos de suma importancia realizar un análisis detallado de los procesos de las actividades en las empresas con la finalidad de adecuarlos a los lineamientos requeridos para mitigar los efectos adversos al medio ambiente.

En adición a lo anterior, las empresas deberán aplicar lo dispuesto en las Normas de Información Financiera y Sostenibilidad (NIS) que serán aplicables en México a partir del 1° de enero de 2025.

Etiquetas: Impuesto Ley NIS OCDE

C.P. Beatriz Adriana Cardona Briseño

Gerente de Auditoría Sector Empresas en Pérez Góngora y Asociados, S.C.

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